Aiwa CSD-FD79 Bedienungsanleitung Seite 3

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Jueves 14 de agosto de 2003 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) aplicables; y el artículo 10 del Acuerdo que establece los
lineamientos generales para la utilización del Fondo Revolvente, y
CONSIDERANDO
Que el pasado 14 de julio de 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Declaratoria de
Emergencia para los municipios de Pihuamo, Tolimán, Tonila y Zapotitlán de Vadillo del Estado de Jalisco,
y sus efectos en la población de dichos municipios, en virtud de los daños provocados por el sismo ocurrido
el 21 de enero del presente año, y sus efectos en la población de dichos municipios, a partir del 24 de enero
de 2003.
Que con fecha 13 de mayo de 2003, el Titular del Centro Nacional de Prevención de Desastres
(CENAPRED), emitió la Notificación Técnica de Aviso de Término de Emergencia número
HOO-D.G./302/2003 (03-09), en donde manifiesta que “En virtud de que el número de réplicas del sismo
referido decayó en febrero pasado y que, con base en el análisis de sismos de gran magnitud del siglo
anterior, se estima que la posibilidad de una réplica con magnitud tal que pudiera afectar a las
construcciones de los estados costeros de Colima, Jalisco y Michoacán ha disminuido notablemente, este
Centro considera que la región ya no está sujeta a las condiciones de riesgo que motivaron la declaratoria
de emergencia, por lo que ésta puede darse por terminada”.
Con base en lo anterior, se determinó procedente emitir el presente:
AVISO DE TERMINO DE LA EMERGENCIA PARA LOS EFECTOS DE LAS REGLAS DE OPERACION
DEL FONDO DE DESASTRES NATURALES (FONDEN), EN VIRTUD DE LOS DAÑOS PROVOCADOS
POR EL SISMO OCURRIDO EL 21 DE ENERO DE 2003, Y SUS EFECTOS EN LA POBLACION UBICADA
EN LOS MUNICIPIOS DE PIHUAMO, TOLIMAN, TONILA Y ZAPOTITLAN
DE VADILLO DEL ESTADO DE JALISCO
Artículo 1o. Queda sin efecto la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Pihuamo, Tolimán,
Tonila y Zapotitlán de Vadillo del Estado de Jalisco, publicada en el Diario Oficial de la Federación el
pasado 14 de julio de 2003, misma que fue emitida con la finalidad de alertar a la población de dichos
municipios y motivar la actuación por parte de los diferentes órdenes de gobierno, en virtud de los daños
provocados por el sismo ocurrido el 21 de enero 2003 en dicha Entidad Federativa.
Artículo 2o. En términos del numeral 38 fracción III de las Reglas de Operación del Fondo de
Desastres Naturales aplicables al momento de la emisión de la Declaratoria de Emergencia
correspondiente, se informa que el Gobierno del Estado de Jalisco, realizó acciones consistentes en la
entrega de artículos de apoyo a la población tales como: láminas de cartón, colchonetas, cobertores,
despensas, agua embotellada y medicinas, por lo que la Secretaría de Gobernación, a través de la
Coordinación General de Protección Civil, autorizó el pago de los conceptos antes señalados a esa entidad
federativa, con cargo al Fondo Revolvente.
Artículo 3o. El presente Aviso de Término de la Emergencia será publicado en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en el Estado de Jalisco.
México, Distrito Federal, a veintidós de julio de dos mil tres.- La Coordinadora General de Protección
Civil, María del Carmen Segura Rangel.- Rúbrica.
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO mediante el cual se modifica el proemio, así como los artículos primero y tercero fracciones I y II de
la autorización otorgada a CBI Seguros, S.A. (ahora Seguros Prodins, S.A. de C.V.), en virtud del cambio en su
denominación y su transformación en sociedad anónima de capital variable.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101.-00797.- 731.1/65856.
AUTORIZACIONES A INSTITUCIONES DE SEGUROS.- Se modifica la otorgada a
esa institución en virtud del cambio en su denominación y su transformación en sociedad
anónima de capital variable.
CBI Seguros, S.A. (ahora Seguros Prodins, S.A. de C.V.
en virtud de la autorización que se les otorga)
Av. Benjamín Franklin No. 84
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