Jueves 14 de agosto de 2003 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 103
En la Sección Primera, página 25, dice:
NOVENO.- Las referencias que los acuerdos, circulares, manuales, instructivos y demás disposiciones
administrativas, en todo aquello que no se opongan a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la
República, su Reglamento y al presente Acuerdo, quedarán vigentes.
Debe decir:
NOVENO.- Las menciones a las Unidades Administrativas y Organos Desconcentrados en vigor, que
hagan los acuerdos, circulares, manuales, instructivos y demás disposiciones administrativas anteriores, en
todo aquello que no se oponga a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, su
Reglamento y al presente Acuerdo, quedarán vigentes.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 11 de agosto de 2003.- El Director General de Normatividad, Germán Castillo Banuet.-
Rúbrica.
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